Principios de déontología profesional y normas de comportamiento TC

Los terapeutas complementarios respetan en su trabajo los principios de deontología y las normas de comportamiento detallados a continuación:

Autonomía
Respetan y apoyan el derecho a la autodeterminación, la responsabilidad personal, la dignidad y la integridad del/de la cliente.

Afectación de un beneficio
Actúan según su leal saber y entender para estimular los recursos a nivel físico, mental y social del/de la cliente y para apoyar a este/a último/a en su proceso de curación personal.

Prevención de daños
Evitan aquellos actos que puedan perjudicar la salud física y mental del/de la cliente. Le recomiendan acudir a un médico u otros especialistas cuando sea indicado.

Igualdad de trato
Tratan a todas las personas de la misma manera, independientemente de su origen, sexo, procedencia social, religión, nacionalidad y convicción política.

Proporcionalidad
Actúan y deciden, en la medida de las posibilidades y de los límites del/de la cliente, tal como lo exija la situación.

Responsabilidad
Asumen sus responsabilidades con respecto a:

  • el/la cliente
  • los prestadores de servicios y sus oficinas de registro
  • la profesión y sus colegas
  • el público y el sistema de salud
  • ellos/as mismos/as.

Competencias y límites profesionales

  • Trabajan de forma minuciosa, eficaz y rentable, de acuerdo con los estándares de la profesión y solo utilizan métodos de tratamiento para los cuales hayan adquirido las competencias necesarias.
  • Analizan su actividad y recurren a la intervisión y a la supervisión.
  • Desarrollan la calidad de su trabajo de manera permanente y se perfeccionan.
  • Documentan su actividad según los estándares de la profesión.
  • Respetan sus límites profesionales y personales, así como sus recursos. No realizan diagnósticos médicos, trabajan sin lesionar la piel y no suministran ningún medicamento.

Relación de confianza con el/la cliente

  • Ofrecen un espacio de confianza caracterizado por la empatía y la franqueza donde puedan tener lugar los procesos de cambio.
  • Velan por que el/la cliente reciba a tiempo toda la información pertinente para la terapia: programa, método y remuneración.
  • Solicitan un consentimiento informado para su actividad en el sentido de un «informed consent».
  • Garantizan una estricta confidencialidad y respetan las disposiciones de protección de datos y el secreto profesional.

Intervenciones públicas

  • No realizan promesas de curación.
  • Tienen en cuenta que sus intervenciones públicas repercuten en la profesión e influyen en el comportamiento del público con respecto a la salud.

Colaboración dentro del sistema de salud

  • Trabajan de manera respetuosa con las personas de referencia del/de la cliente, con sus colegas y con otros grupos profesionales.
  • No interfieren en otras terapias.
  • Redactan los protocolos de tratamiento tal como se requiere y emiten facturas correctas.